Sí, para ello es necesario identificarse y presentar el formulario para ejercer el derecho ARCO.
Sí. El articulo 18, fracción II, Segundo párrafo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica Gubernamental, lo que implica y constituye información pública no considerada confidencial por encontrarse en Registros Públicos o en fuentes de acceso público como lo son los propios Boletines Judiciales y otras fuentes de información. La información contenida en los reportes se apega a los textos oficiales en los términos del articulo 14 fracción VII de la Ley Federal del Derecho de Autor. También se circunscribe en los artículos 6, 8 Constitucional y el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de fecha 10 de diciembre de 1948. Nuestro algoritmo integra automáticamente la INFORMACIÓN PÚBLICA conforme a los árticulos antes mencionados.
Contamos con diferentes paquetes, cada uno de los paquetes puede ser adquirido por medio de créditos, los precios y detalles sobre nuestros servicios se encuentran descritos en nuestra página de precios.
Para realizar la compra de créditos es necesario registrar una cuenta y seguir las instrucciones.
La respuesta es NO, no tenemos información sobre el 100% de la población mexicana, aún así nuestra base de datos es bastante grande conteniendo información mayor al 75% de la población mexicana, esta base de datos crece día a día.
Nosotros podemos ayudar a nuestros clientes a encontrar información fidedigna sobre algún proceso penal iniciado en contra de una persona en específico.
ABSOLUTAMENTE TODA la información es recolectada de fuentes públicas en ningún caso la información proviene de algún acto o medio ilícito; nosotros no compramos bases de datos.